¿Puedo llevar Perros en la Moto?

Este artículo se iba a titular ¿Puedo llevar animales en moto?, pero las preguntas que nos han hecho han sido básicamente sobre perros, pero es aplicable a todos los animales. Les recuerdo que estamos hablando de lo que señala la Ley de Tránsito Chilena, no sé qué normas especiales se aplicarán en otros países.

A la pregunta del título de este artículo, claramente que podemos responder Sí. Es físicamente posible llevar a un perro, a un gato, un hámster o un zorro, el problema es ¿Lo permite la ley?, ¿Está regulada esta situación en la Ley de Tránsito?. No es un tema muy largo, pero sí hay que hacer alguna precisiones e interpretaciones de normas. Veamos:

Artículo 76.- Se prohíbe el transporte de animales domésticos en los asientos delanteros de los vehículos. Cuando éstos sean transportados en la parte trasera de camionetas u otros vehículos abiertos, deberán ir suficientemente asegurados con arneses especiales.

Ya, ¿pero algo más relacionado con llevar animales en la moto?. NO HAY. ¿Algún artículo o algo que podamos aplicar para las motos?. SÍ, HAY.

Según la ley Chilena un animal es un bien mueble animado, es decir, una COSA (Animalistas, abstenerse de comentarios innecesarios), por lo tanto, legalmente tendríamos que tratarlo como una Cosa, un Bien (muy preciado para algunos), que debemos transportar en nuestra moto, al fin y al cabo, para la ley es llevar carga que se mueve por sí misma (animado). Entonces, como no hay norma que nos diga cómo llevar un animal en la moto, debemos compatibilizar esta norma del artículo 76 con la que nos habla sobre llevar CARGA en la moto, y esta es:

Artículo 132.- Ningún conductor de bicicletas, motocicletas, motonetas y bicimotos, podrá transportar carga que le impida mantener ambas manos sobre el manubrio y el debido control del vehículo o su necesaria estabilidad.

Ahora bien, combinando ambas normas, nos da como respuesta: SÍ, ESTÁ PERMITIDO POR LEY LLEVAR PERROS (O ANIMALES) EN MOTO.

Cuáles son las consideraciones que debemos tener al momento de llevar un animal en la moto, en los siguientes puntos:

¿Qué dice la Ley sobre Tenencia Responsable de Mascotas sobre este asunto en particular?: NADA.

Finalmente, no tenemos una norma expresa que nos diga si podemos llevar o no animales en la moto, pero conjugando estas dos que ya vimos, asegurando bien al animal con arneses y que no nos imposibiliten, dificulten o hagan riesgosa la conducción, no habría problemas.


Redactado por Fabrizio Varela, Abogado, Fundador de PLMotociclista.


Abogados Especializados en Accidentes de Tránsito. Recuperamos la mayor cantidad de dinero en el menor tiempo posible.

Contácto