Preguntas y Respuestas sobre Infracciones de Tránsito

Preguntas y Respuestas sobre Infracciones de Tránsito Sin muchos preámbulos, esta entrada del Blog la iremos actualizando con las preguntas que durante estos 6 años de vida que llevamos nos han hecho respecto a las Infracciones de Tránsito, así que prepárense y tómate tu tiempo para encontrar la respuesta a aquella duda que siempre has tenido y si no la encuentras, déjenla en los comentarios y la resolveremos. Pero antes de leer esta entrada, te recomiendo ver TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE INFRACCIONES DE TRÁNSITO. 1. Me cursaron un parte ¿Cómo me lo “saco”? No existen fórmulas mágicas ni tampoco nosotros compartimos los “chanchullos” que muchas personas hacen para sacar licencia, eliminar partes, etc. La vías para poder alegar por un parte mal cursado, vencido, prescrito las señalamos en el apartado de BENEFICIOS, de este post. 2. ¡Compré una moto y tiene multas! En este caso tenemos que verificar dos cosas, primero, cuando compramos la moto ¿tenía informados en el Registro de Multas las infracciones de tránsito? Si estaban informadas, nada que hacer, se presume que las asumes tú, pero si no estaban informadas y aparecieron con posterioridad debes solicitar que queden sin efecto respecto de tu moto en cada juzgado en donde tenga los partes. 3. ¡Circulé en la autopista sin el TAG y tengo dos partes! Si no pagas el bendito pase diario, vas a acumular una infracción (Grave) en el Juzgado de Policía Local  por haber pasado por el pórtico sin el dispositivo y otra, una sanción con la autopista. Hemos visto casos de motos con prohibiciones o embargadas por las autopistas por deudas con el TAG. 4. ¿Cuáles son las multas que se informan al Registro Nacional de Vehículos Motorizados?  Las Graves y Gravísimas. 5. No tenía licencia y me controlaron mientras manejaba Si tenías licencia pero no C, es una infracción Grave, no hay suspensión, siempre que no acumules con otra infracción grave. Si no tenias ningún tipo de licencia es una infraccion gravísima y te la suspenderán cuando saques la licencia por primera vez (app 45 días). 6. ¿Cuáles son los documentos obligatorios que debo llevar en mi moto? 7.- Mi hoja de vida de conductor está con anotaciones, ¿las puedo borrar? Si, las anotaciones por infracciones gravísimas las podemos eliminar después de tres años desde que se efectuó la anotación en el registro y, las Graves, después de dos años transcurridos. Este trámite se hace en el Registro Civil. 8.- ¿Cómo sé si tengo multas de tránsito no pagadas? Lo primero es tomar en conocimiento el mismo día que nos cursaron una infracción, ya que veremos la boleta de citación adherida en algún lugar de nuestra moto. Los fiscalizadores más “pillos” la dejan en el depósito de bencina, en la chapa de éste. Otra posibilidad, si el papel se perdió antes de que llegásemos es mediante la citación por carta certificada que nos llegaría al domicilio que tenemos informado en la licencia y finalmente, si nada de esto tenemos, podemos verificarlo por la siguiente página del Registro Civil. Redactado por Fabrizio Varela, Abogado, Fundador de PLMotociclista.

Prescripción Multas de Tránsito

Prescripción Multas de Tránsito Mediante la Prescripción podemos extinguir acciones y derechos, como también adquirir cosas. En este caso hablaremos sólo de la prescripción que extingue acciones. Prescripción de Multas de Tránsito Para que opere la prescripción debe transcurrir cierto plazo, el cual dependerá del tipo de infracción que sea, veamos: Si es una infracción asociada a la patente, esto es, cuando no estás presente al momento de la infracción, la Prescripción la podrás solicitar después de 3 años contados desde que fue inscrita en el Registro de Multas,así lo establece el artículo 24 de la Ley 18.287: Tratándose de las denuncias señaladas en el inciso tercero del artículo 3º, el Secretario del Tribunal, cada dos meses, comunicará las multas no pagadas para su anotación en el Registro de Multas del Tránsito no pagadas. Mientras la anotación esté vigente, no podrá renovarse el permiso de circulación del vehículo afectado. El plazo de prescripción será de tres años, contado desde la fecha de la anotación. Por otro lado,si es una multa asociada a la persona, prescribirá en el plazo de un año desde que la sentencia quede ejecutoriada. Esto lo señala el artículo 54 de la Ley 15.231: Las sanciones impuestas por infracciones o contravenciones prescribirán en el término de un año, contado desde que hubiere quedado a firme la sentencia condenatoria. Un ejemplo de parte asociado a la patente es el que nos sacan cuando estamos mal estacionados y no estamos en el auto, por vías exclusivas o por circular por Autopistas y no tener el TAG. Un parte asociado a la persona sería, por ejemplo el de circular sin licencia, o cualquiera en donde nos cursen una infracción y el Carabinero nos entregue la citación personalmente en el momento. Prescripción para denunciar las Infracciones Si cometiste una infracción, hay un plazo de 6 meses para poder denunciarla, por parte de Carabineros o Inspectores Municipales, si no se hace dentro de ese plazo ya no se puede reclamar. Acá prescribe la acción persecutoria de la responsabilidad por la infracción de tránsito. Por ejemplo, si te chocaron y causaron daños materiales y lesiones leves o solo daños materiales, tienes un plazo de 6 meses desde el accidente para poder denunciar el hecho. Esto lo señala el inciso segundo del artículo 54 de la Ley 15.231: Prescribirán en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de la infracción, las acciones; persecutorias de la responsabilidad por contravenciones. Caducidad de la Infracción La Ley de Transito, en su artículo 4 inciso final, establece un plazo de caducidad para las infracciones que sean cursadas por Carabineros o Inspectores Municipales mediante sistemas fotográficos o videográficos, por cuanto, si cometida la infracción, se nos notifica la infracción después de 45 días de cometida, el procedimiento no podrá continuar y el juez ordenará el archivo de los antecedentes. En todo caso, si la denuncia por supuesta infracción o contravención a las normas de tránsito se funda únicamente en alguno de dichos medios de prueba y, entre la fecha en que se habría cometido y aquélla en que se notificó la citación al juzgado de policía local a la persona a cuyo nombre esté inscrito el vehículo o al pasajero infractor, según corresponda, transcurrieren más de cuarenta y cinco días, no podrá continuar el procedimiento y el juez ordenará el archivo de los antecedentes. Finalmente, cabe precisar que en todas estas situaciones debe alegarse por escrito y con fundamentos todos nuestros descargos, más aún en la prescripción, ya que legalmente ésta, debe ser alegada, idealmente por la persona competente para esto, hacerle seguimiento al caso y esperar una Sentencia. Redactado por Fabrizio Varela, Abogado, Fundador de PLMotociclista.

Infracciones de Tránsito, todo lo que debes saber.

¿Qué es una infracción de Tránsito? Es una transgresión o incumplimiento de una o varias normas del tránsito. Quiero hacer presente que en este artículo sólo trataré las infracciones cuya sanción es una multa ya que existen otras infracciones a la ley de tránsito que constituyen un delito y que tienen aparejadas penas de cárcel y, además, una multa. Dedicaré otro artículo a los Delitos en la Conducción o en el Tránsito. Existen cuatro tipos de Infracciones en la Ley de Tránsito: 1) Faltas Gravísimas. 2) Graves. 3) Menos Graves 4) Leves. I) Infracciones Gravísimas El término gravísimo, en palabras sencillas, quiere decir “más que grave”, puede sonar redundante u obvio, pero nos han tocado casos en donde la gente no sabe qué es gravísimo. Son las siguientes: En Octubre del 2021 y gracias a la LEY NO CHAT, se incluyó una nueva infracción gravísima: 5. Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento.». II) Infracciones Graves La numeración es bastante larga, la pueden revisar en la misma ley de tránsito, 18.290 (artículo 200), pero señalaré las infracciones graves más frecuentes, conocidas y de interés para los motociclistas: Como les decía, la lista completa la pueden obtener en la propia ley, ya que son 42, sólo resumí los más importantes o frecuentes. III) Infracciones Menos Graves Al igual que el caso anterior, sólo me limitaré a señalar las más importantes o frecuentes. Son las siguientes: IV) Infracciones Leves Bueno, estas infracciones son un residual, todo lo que no es Gravísimo, Grave o Menos Grave es Leve. SANCIONES Evidentemente cada Tipo de Infracción tiene aparejada una Multa, mientras más grave la infracción más alta será la multa y otras sanciones. Así, los valores para cada infracción son: Gravísimas 1,5 a 0,3 UTM Graves 01 a 1,5 UTM Menos Graves 0,5 a 01 UTM Leves 0,2 a 0,5 UTM A quienes reincidan en infracciones gravísimas o graves, cometidas en los últimos tres y dos años, respectivamente, se les impondrá el doble de la multa establecida para cada infracción y se elevará al triple si realiza la conducta nuevamente. SUSPENSIONES y CANCELACIONES DE LICENCIA DE CONDUCIR Otra de las consecuencias que puede traer aparejada una Infracción a la ley de tránsito no sólo puede consistir en una multa, la pago y me olvidé, no. A veces metemos tanto la pata que, además de pagar una multa, nos pueden suspender la licencia o incluso hasta cancelarla. Te suspenderán la licencia de 5 a 45 días si cometiste una infracción gravísima. Si has acumulado varias multas gravísimas la cuestión cambia, ya que Al responsable de dos infracciones gravísimas cometidas dentro de los últimos doce meses le suspenderán la licencia de 45 a 90 días. Ejemplo, te pasaste dos Pares o dos rojas en menos de un año. En cuanto a las infracciones graves, la licencia la van a suspender cuando hayas cometido dos infracciones graves (si cometes una es sólo una multa, dos, la suspensión y más puede derivar en cancelación si acumulas suspensiones). Ahora, si acumulaste tres o más infracciones gravísimas en los últimos doce meses serás sancionado con la cancelación de la licencia, también te cancelarán la licencia si tuviste más de tres suspensiones de licencia en el término de los últimos doce meses. Para más detalles sobre este tema, revisa el artículo especial que hicimos sobre esto. *La rebaja, gravedad de la multa o el plazo de suspensión quedará a decisión del juez según los antecedentes que tenga a la vista, hoja de vida del conductor, circunstancias del caso, etc. BENEFICIOS Cuando hablamos de Beneficios queremos dejar en claro que son beneficios que la misma ley otorga. En todas estas situaciones debe alegarse por escrito y con fundamentos todos nuestros descargos, más aún en la prescripción, ya que legalmente ésta, debe ser alegada. Tratamos esta materia en detalle en el siguiente artículo. Espero que el artículo les haya sido de utilidad, aclarar dudas y tener mayor información acerca de las diversas multas e infracciones que se pueden cometer, de las consecuencias para nuestro bolsillo y sobre todo, las consecuencias que una infracción puede tener en nuestras vidas. Redactado por Fabrizio Varela, Abogado, Fundador de PLMotociclista. FUENTES

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